ສະແດງ​ແຕ່
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S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
en base al artículo 31. Doctor, de la clase pasada, habíamos hecho una pirámide que la fuimos actualizando, la fuimos poniendo de a poco. Empezamos con Constitución Nacional y Tratados de Derechos Humanos, si no lo tengo mal escrito, si no, por favor, que alguien me corrija. Después, un poco más abajo de la Constitución,
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S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
los derechos humanos sin jerarquía constitucional, tratados internacionales por debajo, leyes nacionales, leyes provinciales, y bueno, hasta ahí creo que llegamos. Bien, vamos a dejar en claro de dónde surge todo esto. Recuerden que tenemos el artículo 31, por un lado, que el artículo 31 es la fuente principal del concepto de supremacía.
1:06
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Y esto se vincula y genera una especie de sistema cerrado con lo que habíamos visto también en las clases anteriores referido a la reforma de la Constitución. Recordemos poder constituyente, entonces tenemos uno originario que es de naturaleza política y un poder constituyente derivado o reformador que es de naturaleza jurídica. ¿Por qué?
1:32
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
El originario no tiene una norma jurídica que lo restrinja. Esto lo habíamos visto ya desde el inicio, en la primera clase, con la cuestión de los tratados preexistentes, pactos preexistentes, perdón, están referenciados en el preámbulo.
1:48
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Sí, tuvimos algunos instrumentos, intentos constitucionales previos, pero en definitiva la primera constitución es la de 1853. Antes de eso no había otra constitución. Entonces no tenemos una norma jurídica constitucional que rija ese proceso. Un proceso político. Entonces, a partir de ahí, surge ahora sí un sistema constitucional de derecho. Si quieren, y recuerdan...
2:14
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
la puntualización que había hecho, si quieren el proceso se completa con la de 1860 o tomamos la de 1860 como la primera reforma. Pero en definitiva, recién ahí tenemos una constitución. Después de eso, las sus siguientes reformas, la del 66, 98, de 1800, la de 1957, o en particular la que...
2:42
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
generó el texto actualmente vigente de la Constitución, la del 94, se nutren del proceso que establece el artículo 30. El artículo 30 nos fija cómo reformar una Constitución. Bien, no tiene sentido hablar de todo ese sistema y de una Constitución rígida y del hecho de tener una Constitución que es difícil de reformar, es decir, ponerle trabas a que alguien venga y reforme la Constitución a su antojo, si después...
3:11
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Con una ley, un decreto o cualquier norma de inferior jerarquía vamos a poder establecer cosas distintas a lo que dice la Constitución. Ese es un poco el sentido de tener un artículo 30 y seguidamente un 31. Reforma de la Constitución y Constitución rígida tiene sentido a partir de la idea de supremacía, de mantener ese orden jerárquico que señalaba la compañera.
3:37
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Que viene con el doctor. Entonces, el artículo 31 establece que la constitución es norma suprema. ¿Cuál es el problema que tuvimos con el artículo 31 a lo largo de la historia argentina? Del derecho constitucional argentino. Que no establecía con claridad total la jerarquía. Decía, esta constitución, las leyes de la nación.
4:02
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
que en consecuencia se dicten por el Congreso, todos estos tratados con las potencias transgénericas son la ley suprema de la nación y continúa con la cuestión de las autoridades. Entonces, fíjense cómo empieza enumerando. Dice, esta constitución, leyes de la nación, que en sus consecuencias se dicten, y los tratados. Muchos tomaban como interpretación que ese era el orden jerárquico.
4:31
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Esa enumeración, en ese orden, era la jerarquía. Entonces teníamos constitución, leyes, tratados. Y ponían a los tratados por debajo de las leyes de la nación. Como que las leyes de la nación eran más importantes que lo que se pudiera haber acordado con una potencia extranjera. Esto fue muy debatido. Hubo casos donde se entendió de una manera, otros donde se decían, no, no, los tratados tienen que ser...
5:00
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
superior jerarquía, no tiene ningún sentido por la forma en que se incorpora un tratado. Esto no sé si lo llegaron a ver, pero si no, ya lo vamos diciendo y lo vamos a reiterar en otras oportunidades durante el curso, que tenemos un artículo 75. ¿Llegaron a ver el 22, el inciso 22? Sí. Sí, muy bien. Entonces tenemos artículo 75, inciso 22.
5:34
S… Speaker 3 (constituciónal 4.m4a)
Que indica en el inciso 22 cómo este es el proceso para la incorporación de un tratado. Un tratado internacional es un acto que se le llama complejo. No porque sea complicado, sino porque requiere la acción de más de uno de los tres poderes tradicionales.
6:02
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Es decir, nosotros tenemos un sistema republicano, artículo 1, república. Tres poderes, cada uno con sus funciones. Entonces, el Ejecutivo va a firmar un acuerdo con los representantes o un representante. Y ese acuerdo lo firman, ya tenemos un tratado. La aprobación por parte del Congreso.
7:24
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
y ahí sí tengamos un tratado vigente. Quedan claros, entonces, y aquellos que cerquicen por ese proceso. Y después, recién ahí vienen las demás normas, y las necesitamos para que haya control de constitución.
10:03
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Control de constitucionalidad es una atribución fundamental que tiene el Poder Judicial. Yo les diría que es la tarea máxima del Poder Judicial en su totalidad. Por esto que les comentaba, tenemos un sistema cerrado, una constitución rígida, un orden jerárquico de normas y no tiene ningún sentido todo el sistema ni la administración de justicia misma si no hacemos valer la constitución.
10:31
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Entonces, es el Poder Judicial el que tiene esta facultad. ¿De dónde proviene? Por eso tuvieron, no sé si llegaron a leer los fallos de Jesús Madison, seguramente eso sí lo vieron en clase, pero tienen ahí para leer en la zona. Y vamos a tomar ese como punto. ¿Qué sucede? Hay un instituto que vamos a ver más adelante que es el...
11:29
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Instituto de la expropiación, seguramente lo escucharon nombrar, en esta materia lo vamos a ver un poquito más a fondo. Nosotros tenemos garantizado el derecho a la propiedad privada en nuestro sistema constitucional de derechos. Sin embargo, por causas de utilidad pública, se admite que el Congreso dicte una ley de expropiación y el Ejecutivo la ejecute, la lleve a cabo y...
12:02
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
frecuentemente le quitemos la propiedad que se reservaba para inmuebles y con habilidad pública, es decir, para que sea una función de la expropiación. Y le permiten, entonces, de eso, y Dios, jerarquía, están de acuerdo al...
15:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
y limitan la expropiación a la parte efectivamente de la actividad pública, no así el resto de su... Se ve entonces cuál es la función de este instituto, del control de constitucionalidad. Ahora, quiero puntualizar también sobre qué se necesita para que esta atribución, que ni más ni menos está privando de sus efectos propios, es como la declaración de nulidad. Ustedes vieron nulidad.
16:24
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
que hace que un acto no tenga validez. Como dice, la nulidad es una... Y cuál es el existicio, pero sí podemos decir que es nulo. Por ejemplo, cuando una persona incapaz...
20:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
planteen las partes. Entonces, mismo ocurre que el juez plantea mucho el tema de institucionalidad. Esto que estamos viendo, por parte de la parte han sido modificadas, muchos la tachan de inconstitucionalidad. Dicen, no, esto va en contra del 14 bis. Y plantean sus argumentos. Y no se lo planteó. Ese es el carácter incidental. El tema político, es decir, no hay un órgano político dedicado al control de constitucionalidad, sino que lo hacen los jueces.
21:55
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Incidental, se dice, y es esto que les estoy diciendo, se plantea en un caso concreto. Entonces, va a significar, ¿no? Plantear el control de...
25:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
...en temas civiles, sea de... ...de la capital...
30:01
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
qué es la supremacía, cómo se reforma la Constitución. Y después entraríamos en un segundo tramo de la materia donde veríamos derechos en particular. El derecho a la vida, propiedad. Yo por derecho analizando cuáles son los derechos y garantías que reconoce la Constitución. Al principio del curso, el fallo Portechaco, con la finalidad de ver, si bien ahora ya estamos empezando a transitar los artículos en sí,
31:43
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
habíamos visto que arrancaba con un preámbulo. Y les habíamos dejado dos fallos, Zagir y DIV. No sé si los prudencia y dejarles algunos fallos, es decir, terminamos los actos procesales, yo te demando, vos me contestás, producimos pruebas, traemos cualquier cosa, se van planteando toda una serie de cosas durante el proceso.
33:13
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Cada parte tiene sus argumentos y demás. Y esto termina en una sentencia. No hacemos todo esto porque sí, sino con la idea de... Entonces, van a encontrar que los fallos tienen toda una serie de, según las leyes procesales, toda una serie de requisitos a cumplir. Tienen que tener fecha, tienen que estar obviamente firmados por el órgano, es decir, aquel que ocupa el cargo de juez. Y van a encontrar que tienen...
33:50
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
estructura generalmente un orden donde el juez va a plantear sus considerandos. Lo van a encontrar muchas veces de esa manera. Los considerandos. Que es que cuando el juez arranca diciendo considerando uno, dos, tres y empieza a separar por puntos los temas a considerar. Considerando que el que demandó la parte actora
34:22
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
planteó tal o cualquier cuestión, considerando que le contestaron tal cosa, considerando que el testigo dijo esto. Entonces, al final de todas estas consideraciones, de estos considerandos, vamos a tener la parte resolutiva. Considerando todo esto, resuelvo. Es decir, ya tuvimos en cuenta todo esto que se fue planteando.
34:48
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
los argumentos que me plantearon, las cosas que dice el propio juez sobre el final de los considerados, generalmente empieza a encontrar apreciaciones más de parte del juez.
35:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
teniendo en cuenta que la doctrina ha dicho tal cosa, la ley dice tal otra. Y sobre el final aparece la parte resolutiva, que es en definitiva lo que generalmente a nosotros nos interesará, que es, en definitiva, qué resolvió. Bueno, esa era un poco la idea de ver esos fallos también, que vayan interiorizándose con esas estructuras.
35:23
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
En el fallo Transporte al Chaco, les decía, se trataba la cuestión de fondo, más allá de haber visto en particular el tema del preámbulo, que en esa oportunidad se lo usó como una pauta interpretativa, no como norma. En Saguirir se entiende que el preámbulo es una norma. Bueno, en esa oportunidad se planteaba el caso de fondo respecto de la expulsión.
35:53
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
de extranjeros del territorio argentino. Nosotros también vimos que en el preámbulo, y por eso es que se planteó en el caso Transporte Chaco, en el preámbulo se dice que todas las cuestiones que pretende cumplir la Constitución, esto de los objetivos, esto de la Unión Nacional, la defensa común, la paz interior, la libertad.
36:24
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
los beneficios de la libertad, son para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino. Entonces acá empiezan a aparecer ciertas categorías que, les advierto, la Constitución no define del todo, que son la condición de habitante, la condición de ciudadano, la de nacional y la del extranjero.
36:53
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Son cuatro conceptos, son cuatro palabritas que la Constitución no define en ningún momento, pero que son importantes y que, para colmo, en muchos casos las confunde. La propia Constitución menciona una palabra cuando tenemos que interpretar otra. ¿Recuerdan métodos de interpretación? Si bien la primera metodología siempre es la literalidad, vamos y vemos que dice la letra del artículo, lo cierto es que en este área...
37:20
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
La constitución es un tanto confusa, entonces hay que aprender a interpretar cada una de estas ideas. Vamos a arrancar con el primero, no por orden cronológico o por cómo aparece en la constitución, sino creo que tal vez por orden de importancia, que tiene que ver con el concepto de ciudadanía o de ciudadano. No sé si...
37:52
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Cuando cursaron sus estudios secundarios, ¿tuvieron introducción a la ciudadanía o instrucción cívica, no sé cómo lo llamaron ahora? ¿Tuvieron esa materia en su plan de estudio? No sé si es exactamente igual, construcción de la ciudadanía, bueno, variada. ¿Y qué es la ciudadanía? Para ejercer sus derechos políticos, digamos.
38:28
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Bien, exactamente. Acá, compañero Tomás, está dando en el centro de la cuestión de la ciudadanía. Derechos políticos. Ciudadano igual a aquel con derechos políticos, podríamos decir, como para resumirlo de la forma más escueta posible. ¿Qué quiero decir? Estas cuatro categorías se refieren a las personas, principalmente a la persona humana, a las personas físicas.
39:03
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Más adelante verán en la Ley General de Sociedades, cuando vean derecho societario, cuál es la condición de una compañía, una sociedad constituida en el extranjero y una que opera en el país. Pero acá estamos refiriéndonos a nosotros, las personas humanas, a quienes se aplican estas categorías. Y cuando hablamos del concepto de ciudadano...
39:31
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Estamos hablando del estatus político, jurídico-político. Fíjense que es una palabra que aparece desde los antecedentes del constitucionalismo. Nosotros en la clase introductoria vimos, y ustedes ya vieron, historia constitucional argentina, que los antecedentes...
40:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
En nuestro territorio comienzan, diríamos, con la Revolución de Mayo, la búsqueda de un autogobierno, un gobierno patrio, es decir, un gobierno sin injerencia extranjera, la independencia de España, etc. ¿Y qué implica eso? Que arrancamos por eso, por el ejercicio de derechos políticos. Ahora, profundizando un poco, ¿qué serían derechos políticos? Bueno, nosotros...
40:35
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Este no es un curso de ciencia política ni de derecho político en sí, sino que es de constitucional, pero el derecho constitucional nutre estas otras disciplinas también. Habíamos visto también la diferenciación entre ciencia política y ciencia política.
40:51
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Derecho constitucional, que en un principio, allá por el siglo XIX, la doctrina estaba medio mezclada, era casi lo mismo estudiar política que estudiar derecho constitucional, porque en definitiva el derecho constitucional estudia el funcionamiento de los órganos políticos, que eso lo vamos a ver en el Constitucional II, cuando veamos los órganos de poder. Pero estamos refiriéndonos en nuestro sistema a...
41:21
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
la posibilidad de representar o ser representado. Decíamos, tenemos un gobierno representativo, republicano y federal. Ahora hablamos antes un poquito del sistema republicano, al dividir los órganos, ahora hablamos del representativo. ¿Qué sería el sistema representativo? Y es eso. Tenemos gente que nos puede representar políticamente, es decir, que va a ejercer...
41:50
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Algunos de los cargos establecidos por la Constitución. Y tenemos, de este lado, ¿no? Somos los representados. Aquellos que vamos y elegimos a los representantes. Ahora, no todos los que viven en la nación tienen derecho a elegir a sus representantes o ser representantes.
42:17
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Ese es el derecho político al que me refiero. El derecho político del ciudadano es el de ser representado o postularse, por lo menos estar habilitado para ofrecérselo como un posible representante. Les decía que aparece esto desde el origen del constitucionalismo. Fíjense que es...
42:47
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
La declaración, en la Revolución Francesa, la declaración universal de los derechos del hombre y del ciudadano, como dos categorías separadas. Una cosa es los hombres, la generalidad de la población, como algo más abarcativo, y en particular la ciudadanía, que es un derecho un poco más acotado. No todos somos ciudadanos. Entonces, más adelante veremos los derechos.
43:16
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Él les decía, regulados en nuestra constitución, en nuestro sistema constitucional, el derecho a la vida, el derecho a la propiedad. Entonces, ¿todos tenemos derecho a la vida? En principio, sí. Es un derecho que abarca a todas las personas. ¿Todos tenemos derecho a ir a votar? No, no necesariamente. Entonces, es un universo más acotado y que se refiere al ejercicio de estas atribuciones políticas en nuestro sistema.
43:49
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Le decía, principalmente se enfoca en la cuestión de representar o ser representado. Veremos en Constitucional 2 qué cualidades necesitamos para constituirnos en cada uno de los órganos. Qué necesitamos para ser diputado, qué necesitamos para ser senador. La intervención de los partidos políticos como intermediario de toda esta situación. Es decir, yo no puedo ir a una boleta solo.
44:20
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
no de una boleta unipersonal, sino que tengo que formar parte de un partido político para poder postularme como un candidato, por ejemplo, y toda una serie de reglamentaciones que hacen al ejercicio de este derecho. Voy a tener que llevar el DNI el día de la votación, no voto cuando quiero, ni en el lugar que quiero, ni en la forma que quiero. Pero en definitiva, acotándolo, el principal derecho de la ciudadanía es el de...
44:52
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
participar de este proceso. Hay otros derechos políticos que también están en nuestra constitución.
45:00
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
y que veremos en unidades subsiguientes que originariamente no se encontraban, fueron introducidos en la Constitución de 1994, y me refiero a ciertas formas de democracia semidirecta. A mí no me gusta mucho usar la palabra democracia en este contexto, si es un balteor que todos tenemos y compartimos.
45:34
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
porque el eje técnico de la constitución es representatividad, es sistema representativo. Dentro de la teoría política se habla de formas de democracia directa, indirecta o semidirecta. La democracia es el gobierno, es su origen etimológico, vemos gracia, o sea pueblo, eso es más una apreciación política. Lo que sí podemos saber es cuándo tenemos un sistema representativo en nuestro sistema electoral.
46:23
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Originalmente en nuestra constitución, en la del 53 barra 60 y en las subsiguientes, el sistema político se quiere abrir un poco más esta cuestión y aparecen lo que se llama forma de democracia semidirecta. Yo les decía, teníamos la indirecta, que es la representativa, la que ya teníamos. La directa sería cuando nosotros participamos en forma directa, sería juntar a todos los ciudadanos del país.
47:10
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Y que todos deliberemos y todos votemos directamente la ley. Cosa impracticable. Entonces, ¿qué sería la intermedia? Tema conveniente que es expectamente al pueblo. Más bien como una...
50:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
semidirectas en algunos casos. Más adelante veremos estos institutos. Habitante es, cuando yo les decía la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, el concepto de habitante es el más amplio. Habitante es todo aquel que se encuentra en el suelo argentino. Entonces, aquí vamos a encontrar tanto a los que somos ciudadanos, a los políticos, a los que somos argentinos y vivimos...
50:51
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Como aquellos que están, por ejemplo, de paso transitorio, son turistas, tenemos una persona que viene de Chile, es habitante de la nación, es residente, no es que está permanente en la institución, estamos considerando que tiene los derechos que reconocemos. Ese está de paso solamente unos días, paseando por ahí por Berlioche, migraciones y demás, acto civil y listo. El acto de habitante es el más amplio.
55:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Que viajan al exterior y tienen un problema, ¿no? Pierden documentación. ¿A quién van a tener que acudir? Además de hacer tal vez una denuncia policial en el lugar, ¿no? A las autoridades locales. ¿Quién les va a solucionar la permanencia en el Ecuador? La residencia transitoria esa, como turista, la avisa como turista. Es decir, todas estas cuestiones que se le planteaban a...
1:00:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
es un tanto confusa en el empleo de los mismos, porque la Constitución tiene esta terminología un tanto mezclada y hay que leer el sentido que le estamos dando a estos conceptos. Entonces, ciudadano, derecho político. Habitante, todo aquel que esté en el suelo. Nacional, aquel que conforme a las pautas que después vamos a ver cómo se obtiene la nacionalidad.
1:00:30
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
está establecido como nacional de la Argentina. Y extranjero todo aquel que no sea nacional argentino. Esas serían las ideas más resumidas. Ahora vamos a ver algunos ejemplos concretos de lo que dice la Constitución. El artículo 14, fundamental en esta materia, que es el que abre la puerta al análisis de los derechos en particular, que vamos a ver en el segundo tramo.
1:01:01
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Todos los habitantes de la nación, así arranca, ¿no? El 14. Todos los habitantes de la nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes, ¿no? Y ahí aparece la enumeración que creo que habíamos llegado a leer en otra clase. Trabajar, ejercer industria, entrar, permanecer conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio. Siempre eso, ¿no? Ojo con esa frase, vamos a volver también sobre esa muchas veces.
1:01:33
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Acá habla de todos los habitantes de la nación. ¿A cuál de los conceptos está haciendo referencia? Bueno, acá está bien usado. Este es uno de los ejemplos donde usa el término habitante de la forma correcta. Al decir habitante, el 14, se está refiriendo efectivamente a los habitantes. No confunde los términos. ¿Por qué? Porque es el más amplio y cuando hablamos de los derechos constitucionales, conforme a las leyes,
1:02:02
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
estamos hablando de derechos que abarcan a todas las personas humanas, no solo a los argentinos. Entonces, todos tenemos derecho a transitar libremente, por ejemplo. En el mismo sentido, por ejemplo, el artículo 17, que veremos cuando veamos el derecho y garantía de propiedad, la propiedad es inviolable.
1:02:31
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Y ningún habitante de la nación puede ser privado de ella, sino... Y ahí sigue con la cuestión de las sentencias, las expropiaciones y demás. Esto también lo vamos a volver a ver. Inviolabilidad de la propiedad, entonces se le reconoce a cualquiera. Entonces, lo que les decía, ¿no? Tenemos un turista que se excedió en su periodo de visita. Está acá más tiempo del que debía.
1:03:02
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Bueno, podrá tener algún problema migratorio, que después vamos a dar, algún trámite o alguna sanción administrativa en su caso, y como caso extremo lo expulsamos del país. Pero no nos da derecho a nosotros, a ninguna autoridad de la nación, a quitarle sus bienes, arbitrariamente, a incautarle todo lo que trajo, a dejarlo sin documentos. Todo eso no está habilitado por la ley, y menos por la Constitución Argentina.
1:03:33
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Entonces, todos los habitantes. En el mismo sentido, aparece en el 18, o sea, bien empleado el término, ningún habitante puede ser penado sin juicio previo. En el artículo 41, que habla del ambiente sano, todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, lo mismo. En fin, hay varias ocasiones donde...
1:04:07
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Al emplear el término habitante, la Constitución estará refiriéndose efectivamente al derecho de aquellos que se encuentran en el país. Vamos a ver un caso, por ejemplo, un ejemplo contrario, donde se utiliza incorrectamente uno de los términos. Alguien lea el artículo 20, que después lo vamos a...
1:04:54
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
a ver más a fondo pero ahora vamos para el ejemplo alguien por favor lea el 20 así yo también
1:05:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
¿Lo leo, profe? Sí, adelante. Artículo 20. Los extranjeros gozan en el territorio de la nación de todos los derechos civiles del ciudadano. Pueden ejercer su industria, comercio y profesión, poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos, navegar los ríos y costas, ejercer libremente su culto, testar y casarse conforme a las leyes.
1:05:28
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
No están obligados a admitir la ciudadanía ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la nación, pero la autoridad puede acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios en la República. Excelente. Bien, ahí aparece, como ven, varios de estos términos que veníamos mencionando y no todos están empleados correctamente.
1:05:59
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Vamos a analizarlo. Dice, los extranjeros gozan en el territorio de la nación. Acá, extranjeros, está correctamente utilizado. Se está refiriendo a los que no son argentinos. De todos los derechos civiles del ciudadano. Ahí la pifiamos. ¿Por qué? Porque está diciendo derechos civiles, por oposición a derechos políticos, pero después dice del ciudadano.
1:06:32
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Ahora, los derechos civiles no se le reconocen exclusivamente al ciudadano. Se le reconocen a los habitantes. Ahora, está reafirmando lo que ya decía el 14. El 14 dice, todos los habitantes de la nación gozan de los derechos. Todos los habitantes. Entre paréntesis, sean nacionales o extranjeros. El 20 reafirma la cuestión de los derechos de los extranjeros. Y dice, los extranjeros gozan del territorio de la nación de todos los derechos.
1:07:00
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Civiles del ciudadano. Derechos civiles generalmente en este contexto se lo emplea como diferenciación, para diferenciar los derechos que le reconocemos a los habitantes respecto de los derechos políticos de ciudadanía. Entonces, comprar bienes raíces, ejercer la industria y demás serían derechos civiles, mientras que votar o postularme para un cargo sería un derecho político.
1:07:31
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
que le pertenece al ciudadano. Ahora mezcla, porque dice derechos civiles del ciudadano. Son los derechos civiles iguales a los de cualquier habitante. No son solo los ciudadanos argentinos los que tenemos derechos civiles en la Argentina. Entonces, acá aparecería la palabra ciudadano mal empleada, mientras que la palabra extranjero aparece correctamente empleada. ¿Queda menos de un minuto en esta reunión?
1:08:02
S… Speaker 3 (constituciónal 4.m4a)
Nuevamente, comenzamos una nueva, así no se nos corta en la mitad y seguimos desde este lugar. Vamos entonces a seguir. Estábamos con el 20 y decíamos... Se están sumando más compañeros. Un momentito.
1:10:02
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Bien, decíamos entonces que el 20 emplea derechos civiles del ciudadano al compararlo al extranjero, ¿no? El extranjero tiene los mismos derechos que el ciudadano. Acá en realidad hay una confusión porque derechos civiles, decía, son para todos los habitantes y medio que lo que está queriendo decir, el sentido real, una interpretación más.
1:10:33
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
teleológica que es lo que quería este artículo es decir que el extranjero tiene estos derechos al igual que los que tiene el nacional el argentino ahora ser argentino por sí solo no me hace ciudadano un menor de edad es argentino pero no tiene los derechos de la ciudadanía todavía no puede ser presidente de la nación no puede ir a votar etcétera
1:11:03
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Se ve entonces la distinción. Por eso es la crítica, digamos, y por eso la necesidad de interpretar en base al real sentido de estos conceptos y no solamente a la literalidad del artículo. Esto, que ahora lo estamos viendo para los extranjeros, yo les digo, chicos, es un ejercicio que tienen que hacer en todos los artículos, no de esta materia, de todas las materias.
1:11:31
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Muchas veces las leyes traen estas confusiones en donde un legislador agregó o cambió una cosa, en donde los cambios en la terminología de una materia llevan a que dos leyes distintas mencionen de forma diferente el mismo instituto, las mismas personas. Entonces tenemos que estar siempre...
1:11:56
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
No guiándonos exclusivamente por la letra, sino también viendo un poco el real sentido. Y de ahí la complejidad, las discusiones y debates que después se dan en la doctrina y ni hablar en los tribunales. Pero, bueno, para esta clase a los efectos de la ciudadanía. Sigue el artículo, bueno, enumera los derechos que tienen los extranjeros en el país.
1:12:40
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Dice, no están obligados a admitir la ciudadanía. Acá nuevamente tenemos una confusión, en donde la Constitución, en el artículo 20, nuevamente utiliza el concepto de ciudadano para referirse a la nacionalidad. No están obligados a admitir la ciudadanía, ¿qué vendría a ser? Que el extranjero, para tener todos estos derechos en la Argentina...
1:13:12
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
no está obligado a nacionalizarse. Entonces está volviendo a emplear el término ciudadano para referirse al concepto nacional. No están obligados a medir la ciudadanía, quiere decir que los extranjeros van a nacionalizarse. Por eso el tema de la interpretación. Obtienen la nacionalización, y acá está sí bien empleado el término nacionalización, residiendo dos años continuos,
1:13:52
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Ahora volvemos sobre el tema nacionalización. Pero bueno, ven por qué hay que ir con cuidado en cada uno de estos términos. Otro ejemplo, yo digo que por temas históricos ha caído un poco en desuso, pero viendo el mundo actual tenemos ejemplos en los países donde...
1:14:37
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
la obligación aparece, que es el del artículo 21. ¿Alguien por favor lee el 21? Lo leo, profe. Artículo 21. Todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la patria y de...
1:15:00
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
esta Constitución, conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y a los decretos del Ejecutivo Nacional. Los ciudadanos, por naturalización, son libres de prestar o no este servicio por el término de 10 años, contado desde el día en que obtengan su Carta de Ciudadanía. Bien. Entonces, acá aparece el concepto ciudadano argentino. ¿Por qué les decía que este es?
1:15:29
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Un tanto complejo porque ha habido muchos casos en la historia en donde no se acotó esta obligación exclusivamente a los ciudadanos. Se le da a cualquier habitante armas para defender el país. Es decir, cuando habían guerras realmente muy fruentas, tenemos...
1:16:03
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Hoy en día hay tratados internacionales que tratan sobre la cuestión del empleo de hasta menores de edad en conflictos armados, cosa más que terrible. Pero tenemos ejemplos en la actualidad donde sigue ocurriendo niños que se envían a combatir. En la Argentina esto tiene que estar reglamentado por las leyes.
1:16:35
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Bueno, vamos a volver sobre esta obligación que aparece en cabezas de los argentinos, pero volviendo al análisis de los términos, en la segunda línea, en la segunda oración, cuando dice los ciudadanos por naturalización son libres de prestar o no este servicio, acá no está refiriéndose a los ciudadanos.
1:17:03
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
en cuanto al concepto que veníamos hablando de derechos políticos. La naturalización, ahora vamos a ver, para que quede más claro, es una forma de obtener la nacionalización. Cuando dice los ciudadanos por naturalización, está hablando de los nacionalizados, aquellos que eran extranjeros y se volvieron argentinos a través de la naturalización.
1:17:31
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Es uno de los métodos que ahora vamos a ver para obtener la nacionalidad argentina. Pero dice, los ciudadanos por naturalización son libres de prestar o no estés en previsión en términos de 10 años contados desde el día que obtengan su carta de ciudadanía. Nuevamente, otra complejidad. La carta de ciudadanía no anima ni menos que obtener la nacionalización. Pero nuevamente, ter nacionalizado no significa que...
1:18:03
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
automáticamente sea ciudadano. En general sí. En general va a pasar que si yo, siendo adulto, mayor, me nacionalizo, ya voy a tener los derechos de ciudadanía también en Argentina. Voy a poder votar en general. Pero no son conceptos sinónimos. No es que nacional igual ciudadano. Por eso marco esta distinción.
1:18:33
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Lo importante es que recuerden las cuatro ideas que vimos al principio. Ciudadano, igual, derechos políticos. Habitante, es el concepto más amplio y abarca a cualquiera que esté en el suelo argentino. Nacional y extranjero, ahora veremos cómo se obtiene la nacionalidad. Y por oposición, todo aquel que no es nacional es extranjero. Ese es el más sencillo, tal vez. Bueno, les decía cómo...
1:19:08
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Obtenemos la nacionalidad. Un tema fundamental para poder aclarar todo esto que venimos hablando. Les vengo diciendo que nacional es esta idea de pertenencia que tenemos con el país, pero no del todo definida. No le pertenecemos a la nación argentina. Y no es que la nación argentina también tenga una obligación de resolvernos cualquier problema que tengamos en el exterior.
1:19:41
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Pero cuando hay temas migratorios, temas documentales y demás, temas que están dentro de las competencias consulares, ahí sí el país va a buscar, va a luchar por los intereses de los argentinos en el exterior.
1:20:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
¿Cómo obtengo la nacionalidad? Si uno mira el derecho comparado, aparecen distintos métodos de obtención. Hay distintas formas en las que una persona es considerada nacional del país que fuere. En Argentina tenemos todos, todos los métodos al mismo tiempo, dependiendo de la situación. ¿Cuáles son? Hay un principio que sería tal vez...
1:20:31
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
el principal, que se llama Ius Solis, por su origen en latín, y refiere al derecho del suelo. Es el principio según el cual, a ver, si yo nací en la Argentina, soy argentino. Entonces, aquellos nacidos en el territorio de la nación obtienen la nacionalidad argentina.
1:21:12
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
por el solo hecho de haber nacido ahí. La ley que reglamentó esto, estaba buscando porque acá en este compendio no tengo la ley, se llama Ley de Ciudadanía, sigue vigente hasta nuestros días, es la ley 346, 346, como el número lo indica es antiquísima, sigue vigente con...
1:21:46
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Leves modificaciones, de hecho, las últimas reformas las tuvo en el año 2025, a mediados del año pasado. Tuvo ciertas modificaciones respecto de la obtención de la ciudadanía y regula la cuestión de la nacionalidad. Nuevamente, acá aparece el lenguaje antiguo.
1:22:16
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
del siglo XIX, se confundía mucho el concepto de ciudadanía con el concepto de nacionalidad. Por eso es que se llama ley de ciudadanía y trata sobre la nacionalidad. Lo mismo que pasaba con el XX y el XXI. La doctrina más moderna ha separado más tajantemente estos dos conceptos que son las cuatro ideas que les mencionaba más al principio.
1:22:42
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Por eso, reitero, no confundirse por ver solamente el término, decir, ah, listo, ley de ciudadanía habla sobre cómo obtenemos derechos políticos. No, también habla de cómo obtenemos la nacionalidad argentina. Bueno, la ley de ciudadanía arranca en su artículo 1 enumerando quiénes son los argentinos, quiénes obtienen la nacionalidad argentina y de qué manera. Y el artículo 1, inciso primero,
1:23:13
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Arranca con el principio que les acabo de mencionar, el dius solis. Dice, todos los individuos nacidos o que nazcan en el territorio de la República Argentina, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres, con excepción de los hijos de ministros extranjeros y miembros de delegación residentes en la República. Son argentinos entonces los que nacen en Argentina.
1:23:42
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
¿Importa si el padre o la madre o ambos son extranjeros? No. Si nació en Argentina, es argentino. Salvo, dice, la cuestión de los ministros plenipotenciarios extranjeros. Es decir, el hijo de un embajador nacido en la Argentina, un embajador extranjero en la Argentina, que nace en territorio argentino, no obtiene automáticamente la nacionalidad argentina. ¿Por qué? Porque...
1:24:12
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Esta persona está acá con motivo de su misión diplomática. Entonces no le obligamos a que sea ciudadano argentino, o una cosa así. No lo forzamos a ser argentino por el solo hecho de haber nacido en el territorio. Atención, cuando decimos territorio, hablamos del concepto amplio de territorio argentino. ¿Qué me refiero?
1:24:41
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
abarca no solo el suelo, si bien el principio se llama Ius Solis por su origen antiguo, no abarca solo el suelo, sino que abarca también el mar territorial y los buques de bandera.
1:25:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
De hecho, en mi familia hubo un caso muy antiguo. Mi bisabuelo nació en un buque argentino en agua internacional. ¿Su nacionalidad cuál fue? Argentino. Porque la bandera del buque era argentina. Entonces, el concepto es el concepto más amplio de territorio. Abarca también el mar territorial y los buques de bandera. Entonces, el primer método, les decía, es el use soil.
1:25:30
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
¿Qué otros métodos encontramos en el derecho comparado para obtener la nacionalidad? Tenemos el ius sanguinis. Esta es otra forma de obtención de la ciudadanía, ius, de derecho, sanguinis, que viene de sangre. Es otro método que encontramos en el derecho comparado para obtener la nacionalidad. ¿Qué quiere decir? Los hijos de...
1:26:03
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Los argentinos serán argentinos también. Ahora, ¿qué nos dice la ley reglamentaria? ¿Por qué se reconoce este principio y cómo lo menciona? Dice, son argentinos, inciso 2 del artículo 1 de la ley 346, los hijos de argentinos nativos que habiendo nacido en el extranjero optaren...
1:26:35
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
por la ciudadanía de origen, o sea, de sus padres. Acá ya no es tan automático como en el primero. Decíamos, entonces, si nacemos en Argentina y nos inscriben acá en Argentina, somos argentinos. Ahí no hay problema. Ahora, el Iusanguinis, fíjense, para no entrar en oposición con el derecho de otros países y para no forzar...
1:27:04
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
A todo aquel que es hijo de un argentino, que sea argentino, o sea, si un argentino decide emigrar hacia otro país, nacionalizarse en otro país o recibir permanentemente y que sus hijos sean de la nacionalidad de ese otro país, no lo vamos a forzar a que sea argentino solo por el hecho de que los padres eran argentinos. Pero esa persona va a poder optar por la ciudadanía argentina.
1:27:30
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
¿Qué quiere decir? Que va a poder decir, bueno, yo nací en el extranjero, pero como mis padres son argentinos, yo quiero ser argentino. Medio como el caso de Garnacho. Para los que les gusta el fútbol, sabrán que él nació en España, pero, bueno, no sé si se nacionalizó, pero él quería jugar para la selección argentina, eso es medio lo mismo. Si quiere poner la camiseta argentina, entonces se nacionaliza, no se nacionaliza, opta.
1:28:01
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
por la nacionalidad argentina, ¿en base a qué? Al principio de Dios Sanguinis. Profe, mi primo también le pasó algo parecido. ¿Cómo fue? Nosotros somos de acá, pero mi tía fue a vivir a Italia, mi tío también es de acá, pero él nació en Italia y hace poco hizo la nacionalidad argentina. Bien, bueno, ahí tienen un caso. Ahora pueden comprobar que el profe no está mintiendo ni la ley.
1:28:33
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Es decir, tenemos una persona nacida en Italia, pero que opta, y ojo, ¿por qué remarco tanto esta palabra? Opta por la nacionalidad argentina. Porque no es que tenemos una persona que se está naturalizando o nacionalizando. Ese es el extranjero, que ahora vamos a ver cómo es este método.
1:29:05
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
El extranjero que decide, por voluntad propia, que era el que había leído en el artículo 20, que residía por un tiempo y entonces se naturaliza o se nacionaliza, ese es el que se está nacionalizando. El caso que dice la compañera, el caso del familiar que nacido en Italia, optó por la nacionalidad argentina, lo hizo por derecho de sangre.
1:29:36
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Tengo padres argentinos, entonces opto por esta nacionalidad, la Argentina. Encima, después, al final vamos a hablar algo sobre Italia en particular, por la cuestión de la doble nacionalidad.
1:30:02
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Vamos a leer ahora el artículo 75. Van a leer a alguien de ustedes, por favor, el artículo 75, inciso 12. Y también vamos a volver sobre este varias veces durante el curso de esa materia. Por favor, el inciso 12, así... ¿Lo leo, profe? Sí, por favor.
1:30:28
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Ok, artículo 75, inciso 12. Dictar los códigos civil comercial. Un momentito, perdón. Recuerden, es el 75 el que arranca diciendo le corresponde al Congreso, ¿no? ¿Quieres que lo diga? No, no, no. Arranca diciendo corresponde al Congreso, dos puntos, corresponde al Congreso, y ahora sí lo que decía la compañera.
1:30:51
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Ok. Inciso 12. Dictar los códigos civil, comercial, penal, de minería y del trabajo y seguridad social en cuerpos unificados o separados, sin que tales códigos alteren las jurisdicciones locales.
1:31:08
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
correspondiendo a su aplicación a los tribunales federales o provinciales, según que las cosas o las personas cayeren bajo sus respectivas jurisdicciones, y especialmente leyes generales para toda la nación sobre naturalización y nacionalidad, con sujeción al principio de nacionalidad natural y por opción en beneficio de la Argentina.
1:31:36
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Como sobre bancarrotas, sobre falsificación de la moneda corriente y documentos públicos del Estado. Y las que requiere el establecimiento de juicio por jurados. Bien. Como ven es bastante extenso, tiene muchas cuestiones. Esta se lo conoce como la cláusula de los códigos.
1:32:00
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
es la que manda al Congreso de la Nación a establecer la legislación de fondo, la legislación sustantiva, le van a encontrar en la doctrina muchas veces, es decir, la legislación que regula las relaciones entre las personas o entre las personas y el Estado argentino, ley civil, comercial, penal, etc. Todas estas legislaciones de fondo...
1:32:30
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
por oposición a legislación de forma, no sé si han escuchado esta diferenciación, la legislación de fondo sería la que estamos viendo acá cuando vemos los derechos. La legislación de fondo es la que están viendo en obligaciones, que me decían, ven qué dice el código respecto de las obligaciones, cómo están arregladas, cuándo nacen, quién es acreedor, quién es deudor, etc. Ahora...
1:32:54
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
La legislación de fondo requiere después de legislación de forma. ¿De forma de qué? De procesal. Forma de hacerla cumplir. Entonces, ustedes ahora están viendo acreedor deudor. Está bárbaro. Y si el deudor no paga, lo demando. Legislación de forma. La jurisdicción. Ahí aparece la cuestión del juez para resolver, en base a la legislación de fondo, ese conflicto. Bien.
1:33:22
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Entonces, el Congreso de la Nación es el que tiene la atribución de dictar la legislación de fondo uniforme para todo el país. Esto es distinto a lo que sucede en otros países. Esto en la clase que viene lo vamos a ver. Entonces, le corresponde al Congreso dictar las leyes de fondo y especialmente después del punto y coma...
1:33:51
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
y especialmente las leyes generales para toda la nación sobre naturalización, naturalización y nacionalidad, con sujeción al principio de nacionalidad natural, ius solis, y por opción, en beneficio de la Argentina, ius sanguinis, incisos 1 y 2 de la ley 346 que les mencionaba,
1:34:23
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Con beneficio, y por opción, en beneficio de la Argentina. Entonces, ¿qué es lo que nos indica el 75 inciso 12, que fue reglamentado por el Congreso en la ley 346? Que los dos principios principales son, primero, nacés a casos argentino, nacionalidad natural, o ius solis, o por el suelo.
1:34:47
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Después, podés optar por la nacionalidad argentina y Usanguinis, es decir, tus padres son argentinos, optás por la nacionalidad argentina. Pero como ya habíamos visto en el...
1:35:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
el artículo 20 de la Constitución, tiene que haber una forma de naturalizarse. Y esta es la famosa nacionalización. Está arreglada entonces por el artículo 2 de la ley 346 y obviamente lo que dispone el 20 de la Constitución.
1:35:29
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
El artículo 2 de la ley 346 nos dice, son ciudadanos por naturalización los extranjeros mayores de 18 años que acrediten haber residido en la República Argentina en forma continua y legal durante los dos años anteriores a la solicitud y que manifiesten su voluntad de hacerlo ante la Dirección Nacional de Migraciones.
1:35:57
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
por organismo descentralizado actualmente en el ámbito de la vicejefatura del gabinete del interior y de la jefatura de gabinete de ministros. Esta fue una modificación, les decía, que se produjo recién en el año pasado, a finales de mayo del año pasado. Hasta ese momento, el trámite se realizaba ante juez federal.
1:36:25
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Era uno de los llamados juicios voluntarios. Entonces el extranjero que estaba residiendo en el país y así lo quería, quería naturalizarse, nacionalizarse como argentino, tenía que acudir a un juez federal del lugar, pedir lo que se llamaba la Carta de Ciudadanía, que menciona el artículo 20, que leímos, es decir, pedir nacionalizarse.
1:36:57
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Acreditar entonces los dos años de residencia continua, además, la edad, la identidad, otras cuestiones que se pedían, una cierta documentación, y así obtenía, por pronunciamiento de un juez federal, la nacionalidad. ¿Qué sucedió con la reforma del año pasado? Reforma...
1:37:25
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
atención, que fue efectuada por un decreto, no por una reforma legislativa. Más adelante también vamos a volver sobre estas cuestiones de los decretos. Pero, en definitiva, la ley actualmente vigente dice lo que acabo de leer.
1:37:44
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Para obtener la nacionalidad por naturalización requerimos, uno, extranjero con 18 años, dos, dos años de residencia continua legal, es decir, haber tramitado su condición migratoria conforme a la ley administrativa migratoria, ley de migraciones, y manifestarlo ante la dirección de migraciones.
1:38:10
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Entonces ahora la nacionalización ya no está en la órbita de la jurisdicción federal, de los jueces federales, sino que pasó a ser una cuestión administrativa también. Entonces el extranjero, si quiere la residencia continua, por ejemplo, viene a estudiar y quiere la residencia para estudios, si quiere la residencia permanente, quiere vivir acá sin nacionalizarse todavía, reside en Argentina.
1:38:42
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
y obtiene su residencia en Argentina, puede quedarse. Entonces, pasado los dos años con la residencia, pide a Migraciones, ya no al juez federal, a Migraciones, la nacionalización. Y si está conforme al articulado de la ley 346, puede obtener la nacionalidad argentina.
1:39:11
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Esa es la forma de obtención por naturalización. ¿Por qué marco y recontra marco esto? Porque quiero que la puedan diferenciar con claridad respecto a la anterior, la de opción. Tenemos entonces Iusolis, Iusanguinis por opción.
1:39:29
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Y Usangiris quiere decir, por opción, quiere decir que no alcanza con ser hijo argentino, tengo que optar además por esa nacionalidad, tengo que ir y pedirlo, pedir que me anoten como argentino. Y finalmente esta que sería la nacionalización o naturalización. Como ven, tenemos todas las formas que se reconocen en el derecho comparado para obtener la nacionalidad argentina.
1:39:58
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Podemos nacer acá.
1:40:00
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
de los que nacieron acá o nacionalizarnos naturalizarnos por la residencia durante el tiempo que marca la ley 346 hay una hay una remisión acá legislativa hace referencia la ley de ciudadanía
1:40:38
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
o más bien de nacionalización, ¿no? Esta ley 346, que nos indica quiénes son argentinos, cómo se obtiene la nacionalidad argentina, hace una remisión a la ley de migraciones, ley general de migraciones o ley de política migratoria. El título es ley de migraciones, que establece la política migratoria en Argentina. ¿Qué sería la migración, la ley de los migrantes?
1:41:11
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
regla la cuestión de aquellos que vienen de otro país a la Argentina y quieren permanecer aquí. La ley de migraciones es una ley principalmente reglamentaria de esta condición de extranjero en suelo argentino que contiene más que nada disposiciones de carácter administrativo. ¿Qué quiero decir? Para ser un migrante en Argentina tengo que cumplir con...
1:41:42
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Cuestiones administrativas. Tengo que ir a la oficina de migraciones dependiente de la vicejefatura de gabinete y obtener entonces el permiso de residencia. Entonces yo tengo que haber pasado por el control.
1:42:08
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
migratorio, la aduana, tengo que pedir esta cuestión. Son todas cuestiones administrativas. En ciertos casos pueden derivar en cuestiones penales, cuando hay faltas graves. Generalmente en Argentina tenemos una política migratoria bastante amplia y tendiente a buscar, y esto lo dispone tanto la ley como lo ha dispuesto la jurisprudencia, a buscar la regularización.
1:42:37
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Aquel migrante que vino, o sea, el extranjero que vino a instalarse acá, está viviendo acá, ya está haciendo su vida acá y no hizo ninguno de estos trámites, no es que está legal ya porque está acá, ni se legaliza de facto, pero no es que lo expulsamos a la primera de cambio. Le damos la posibilidad de regularizarse. Entonces, no tenemos una política migratoria tendiente a la expulsión de los extranjeros en forma tan directa.
1:43:09
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Y vuelvo a lo que les mencionaba respecto de transporte chaco. Fíjense que la ley que regía la política migratoria en esa época era bien distinta, era mucho más estricta y justamente el fondo de la cuestión, que era lo que se discutía en el fallo de transporte chaco, era la expulsión de una serie de extranjeros en base a la ley de migraciones vigente en ese momento. Era una ley que se había hecho...
1:43:40
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
más estricta, adrede, era una finalidad política, porque ¿qué venía ocurriendo? Teníamos una oleada migratoria que había comenzado a finales del siglo XIX y venían muchos extranjeros de España y de Italia, también de otros lugares de Europa, pero principalmente de esos dos países, y lo que se buscaba era una especie de control ideológico. Ustedes sabrán, o si no saben.
1:44:11
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
es un tema interesante en la historia de la Argentina, que los que trajeron las ideas, por ejemplo, socialistas, anarquistas y todos los movimientos que en Argentina no existían en ese momento, fueron extranjeros. Eran italianos, españoles, portugueses, etcétera, que venían a instalarse acá para control.
1:44:38
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
ideológico, control de la población y del orden público, las autoridades de la época establecen la ley que van a encontrar en Transporte Chaco, la ley que regía las migraciones en esa época, que era más propensa a esto de la expulsión de los extranjeros. No así actualmente. La idea es...
1:45:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
que no expulsemos por expulsar, sino que busca la posibilidad de la regularización del extranjero. Entonces, si bien tenemos la ley 346 que rige la nacionalidad, a los efectos de entender qué es la residencia continua y legal del artículo 2,
1:45:21
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
tenemos que remitirnos a todo el articulado de la ley de migraciones. Obviamente no le vamos a tomar la ley de migraciones en el examen, chicos, pero sepan que está, sepan que existe y a qué estamos haciendo referencia cuando hablamos de residencia continua y legal. Es aquella que se obtiene conforme a los principios de la ley de migraciones, de política migratoria. Hasta acá estamos...
1:45:50
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Bien, ¿no? Va quedando claro las diferencias entre estos conceptos y las implicancias. Entiendo que Calle otorga que estamos bien. Sí, profe. Sí, sí. Bien. Entonces, obviamente muchas de estas cosas les dejamos para que ustedes repasen y en su caso profundicen, porque nunca en una clase de Derecho vamos a poder abarcar la totalidad de los temas.
1:46:17
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
¿Qué dijo toda la doctrina al respecto? Hay gente que va a tener opiniones distintas y ni hablar los fallos. Cuando empezamos a ver la jurisprudencia vamos a encontrar de lo más variado. Jueces que dijeron una cosa, jueces que dijeron la otra. Lo que sí tienen que llevarse de toda clase, de la lectura del material y del estudio en general de su paso por la universidad,
1:46:41
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
es de dónde buscar poder conceptualizar, poder entender a grandes rasgos todo esto para después profundizarlo. Si después tienen un caso, nosotros acá les dijimos, bueno, pueden naturalizarse. Si tienen el caso de alguien que les viene a consultar por naturalización, van a tener que ponerse a investigar qué está reglamentando hoy en día la vicejefatura de gabinete para...
1:47:06
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
La naturalización, qué documentación te piden, dónde están las oficinas, etcétera, todo eso no excede a un curso de constitucional. Esa es la observación nada más. Bien, entonces hemos visto nacionalidad, naturalización.
1:47:37
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Quería mencionarles, ahora queda un minuto, hacemos una última reunión, creo que con esta vamos a abarcar todos los temas de la clase y ya los libero. No creo tampoco que usemos todo el tiempo, pero les pido por favor, una última invitación, esta es la invitación del Zoom, para retomar la clase y cerraríamos acá.
1:50:00
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
se van sumando. Bueno, les decía la ley de políticas migratorias, no les referencié el número para aquellos que lo quieran anotar, igual se googlea muy fácil, pero es la ley 25.871, ley de migraciones o de políticas migratorias, 25.871, que es la que reglamenta entonces
1:50:35
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Cómo ingresar, cómo permanecer y cómo obtener los distintos permisos, trámites, etcétera, que hacen a los extranjeros en el país. Cómo obtener y permanecer con residencia, residencia legal en el país. Y para el juicio de ello, en principio el solo hecho de estar en Argentina sin cumplir con la ley de migraciones no es un delito.
1:51:05
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
sino que es una falta administrativa subsanable, en principio. Ha habido casos donde se empleó el Instituto de la Expulsión de Extranjeros en forma abusiva y se permitió el ingreso nuevamente. Había un caso, si puedo les busco el fallo, no sería...
1:51:37
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Nuevamente, no sería tema de examen el fallo ese, pero sería a título administrativo, por la cuestión de la expulsión de extranjeros, un caso en el que, no recuerdo el nombre, de una mujer extranjera del país vecino que tuvo una condena de prisión efectiva por delitos cometidos en el país, se reinsertó socialmente, es decir, salió, cumplió su pena,
1:52:10
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Salió de la cárcel, se reinsertó, cuando digo se reinsertó es que no volvió a cometer delitos, estudió una carrera universitaria, tuvo familia acá, o sea, tuvo un hijo argentino, y años después de todo esto, por decisión administrativa, se la expulsó del país. Bueno, en ese caso se judicializó después del tema, se buscó la nulidad de esa disposición administrativa,
1:52:44
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
se obtuvo y se le permitió el reingreso. ¿Por qué? Porque la idea es que la expulsión sea un instituto usado con razonabilidad. Un concepto que va a volver a aparecer en el curso muchas veces, el de las medidas tienen que tener una cierta razón de ser y una proporcionalidad. Las medidas de gobierno, digo, ¿no? De todos.
1:53:10
S… Speaker 3 (constituciónal 4.m4a)
sean administrativas, es decir, del ejecutivo, del legislativo, o sea, del judicial, los poderes constituidos no pueden hacer lo que quieren. Tienen que hacer las cosas conforme a los principios de la Constitución Nacional. Bien, siguiendo entonces con... Disculpe, una pregunta. Con respecto al fallo que acaba de nombrar, ¿es el caso Velázquez Cano, puede ser?
1:53:42
S… Speaker 3 (constituciónal 4.m4a)
Creo que sí. Después se los confirmo y les paso la manera de lo posible el fallo completo. ¿Lo vieron en otra materia o lo conocía de otro? No, lo busqué porque me sonaba, pero tampoco me acordaba bien el nombre. Era para confirmar. Y salió publicado tanto en medios especializados, en temas jurídicos, como en...
1:54:10
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
los medios en general, porque había llamado mucho la atención esta extemporaneidad, el hecho de años después de la reinserción social, porque una cosa es expulsar al extranjero en el proceso penal o cuando fue detenido, aprendido, incluso sin haber condena, y todo en base siempre a la ley de política migratoria. Y otra cosa muy distinta es esto que sucedió en ese caso, que fue...
1:54:39
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Arbitrariamente, años después, tomamos una carpeta y este, ah, bueno, échala. En medio, a grosos modos, fue en medio lo que pasó. Entonces, llamó mucho la atención. Y para remarcar, ¿cuál es la línea general de la ley de política migratoria? No es expulsar a extranjeros porque sí, o tener un control tajante. Hay gente que...
1:55:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Esto también hay que decirlo, entiende que Argentina tiene una política migratoria demasiado laxa, un argumento atendible también, pero de una forma o de otra nunca nos habilita a actuar de forma arbitraria. Siempre tenemos que hacerlo en base a los principios y directrices que nos plantea la Constitución y los tratados con jerarquía constitucional. Bueno.
1:55:29
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Hemos visto entonces los conceptos, cómo se obtiene la nacionalidad, cómo se obtiene la naturalización, o sea, la nacionalidad por opción, por naturalización, o la que va por principio de suelo, y usual es la más fácil, que sería nacemos en Argentina, somos argentinos. Entonces sabemos cuáles son estas categorías. Ahora, volviendo al artículo 20.
1:55:59
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Había leído la compañera el artículo 20 de la Constitución. Más allá de la importancia que tiene nuestra nacionalidad argentina, como argentinos, en el extranjero, por temas consulares que les mencionaba, ¿qué sucede con los extranjeros en el país? Además de la política migratoria, tenemos el 20, que nos da las pautas de los derechos de los extranjeros.
1:56:31
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
gozan en el territorio de la nación de todos los derechos civiles. Esto es, todos los derechos de los habitantes en general, todos los derechos civiles del ciudadano. Yo les agregaría siempre que esté conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, conforme a la ley migratoria. De ahí esta frase que aparece en el 14, que es un principio rector para toda la materia.
1:56:59
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Todos los habitantes tenemos los derechos conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio. Y si quieren aún más, siempre que esas leyes sean constitucionales. Entonces hay un juego ahí de limitamos los derechos o los encauzamos conforme a las leyes sin violar la constitución. Entonces todos los extranjeros gozan en el territorio de la nación de todos los derechos civiles del ciudadano, pueden ejercer su industria, comercio y profesión.
1:57:32
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos, navegar ríos, etc. Es decir, ¿qué buscó la Constitución con esto? Fue ser abarcativa, fue ser amplia con los extranjeros. Esto también aparecía como precepto en el preámbulo para todos los que desean habitar suelo argentino, todos los hombres del mundo.
1:57:57
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Esto también se condice con una idea de época del momento de la Constitución, del dictado de la Constitución originaria, que era el gobernar es poblar, una frase que no sé si escucharon, seguramente sí, era una frase de la época porque teníamos un territorio extremadamente extenso con muy poca densidad poblacional. Al día de hoy se ha multiplicado...
1:58:25
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
varias veces la población respecto de esa época y seguimos teniendo baja densidad poblacional. Si bien tenemos zonas metropolitanas muy pobladas, acá en Ciudad de Gran Buenos Aires es una cosa, en Rosario, Córdoba, el litoral, tenemos ciertas zonas urbanas bastante pobladas. Lo cierto es que el resto del país permanece siendo bastante despoblado. Entonces, toma esta idea de...
1:58:55
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
ser amigable con el extranjero, permitirle garantizar que iba a tener derechos para poder desarrollar su vida acá. Iba a poder comprarse una tierra, tener su industria, su fábrica, su taller, ejercer la industria, podía aprender, podía estudiar, podía enseñar. Todo aquello que le garantizábamos a los habitantes en general, es decir, a los...
1:59:25
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
nacionales, también se le garantiza a los extranjeros. Hace hincapié, entre otras cosas, poseer bienes raíces. Bienes raíces como dentro de la categoría de bienes, estamos hablando de los bienes que son cosas, de las cosas que son inmuebles, es decir, tierras. La idea era que los extranjeros tuvieran todos los derechos civiles de los ciudadanos, es decir, que fueran equiparados.
1:59:58
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Sin perjuicio de yo.
2:00:00
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
y como las leyes reglamentan el ejercicio de estos derechos constitucionales, se dictó en el año 2011 la controvertida Ley de Tierras. El título es Régimen de protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de las tierras rurales. Ley de Tierras.
2:00:27
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Es la ley 26.737.26.737 que estableció en definitiva una serie de requisitos, limitaciones para ciertos extranjeros en la obtención de tierras en el país. ¿La idea cuál es? Que la Argentina no pase a ser...
2:00:58
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
en lo que son las tierras privadas, pero piedad exclusiva de extranjeros. Tenemos extranjeros en el mundo con muchos recursos que pueden querer empezar a comprar tierras en el país, obtenerlas en gran cantidad y en definitiva puede ser la puerta de entrada para un riesgo a la seguridad del país también.
2:01:25
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
En el sentido de que muchos pueden ser agentes extranjeros, pueden ser proclives a tener más afinidad con el Estado extranjero que con la ley argentina, el Estado al que pertenecen. Entonces, por una cuestión de seguridad y de... por una cuestión estratégica, diría, se establecieron estas limitaciones. ¿Y por qué digo que es controvertida? Porque surge la duda, y muchos lo han planteado,
2:01:57
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
respecto de si es o no esta ley concordante con los principios del artículo 20. Porque el 20 dice que el extranjero tiene que tener los derechos civiles del ciudadano, del nacional, acordados en la Constitución. Entonces, si al argentino se le permite comprar tierras...
2:02:22
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
sin estas mismas limitaciones, ¿por qué se les exigen a los extranjeros? Recientemente estaba dentro de algún que otro proyecto la posibilidad de derogar esta ley, o de por lo menos modificarla, o derogar preceptos de la ley. Bueno, es decisión política esa cuestión, pero ¿por qué la traigo a colación? Porque...
2:02:50
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Fíjense las implicancias que tiene lo que arrancamos diciendo, repasando en el principio de la clase, de los nacionales o por opción, mayores de 16 años ya van a poder votar en forma optativa. No sé si alguno lo hizo a esa edad, pero desde hace un tiempo ya se estableció la posibilidad de votar a partir de los 16 años en elecciones nacionales.
2:03:20
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
obligatorio a partir de los 18. Entonces, uno va a ser ciudadano y es por use solis o por use sanguinis nacional a partir de los 16. Y si es naturalizado, ya de por sí la naturalización nos exige la mayoría de edad a los 18. Entonces, al naturalizarme ya, tendría que tener en ejercicio la ciudadanía. El principio de ciudadanía entonces es bastante amplio también. Antes en Argentina estaba limitado a los hombres.
2:03:53
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Las mujeres no podían votar ni ser candidatas, entonces no tenían ejercicio de la ciudadanía. Si bien eran nacionales, eran habitantes y tenían los derechos civiles, podían comprar, estudiar, trabajar, etc., no tenían derechos políticos hasta mediados del siglo pasado. Con el voto femenino y con la posibilidad de participación política,
2:04:20
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
desde el punto de vista activo, es decir, como representantes, esto cambió y ahora sí, la ciudadanía es amplia, cualquiera mayor de 16 ya puede votar, ya tiene parte del ejercicio de la ciudadanía y la ciudadanía plena a partir de los 18, cuando ya podemos ser votantes o candidatos incluso a ciertos cargos. Entonces, la ciudadanía es bastante sencillo. ¿Cómo la obtenemos? Conforme al 346, a la ley 346,
2:04:55
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Artículo 7, esto está en el artículo 7 de la ley 346.
2:05:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Que dice, los argentinos que hubiesen cumplido la edad de 16 años gozan de todos los derechos políticos conforme a la Constitución y a las leyes. Después veremos en Constitucional 2 un poco las leyes que hacen a la cuestión electoral. Esto es un poquito más complejo, pero en definitiva ya estábamos ahí en condiciones de ejercer derechos políticos.
2:05:29
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
La ley electoral, el Código Nacional Electoral, regla cuando perdemos la ciudadanía. La regla general es que, siendo argentino y teniendo esa data, ya tenemos la ciudadanía. Pero puede ser que en ciertas situaciones perdamos los derechos políticos, generalmente por temas penales. Esto lo vamos a ver en Constitucional 2.
2:05:59
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Otra cuestión que quería señalar respecto de la nacionalidad es que, por lo general, la mayoría de los países del mundo no aceptan la doble nacionalidad. No aceptan esto de que uno puede ser nacional de un país y al mismo tiempo nacionalizarse de otro manteniendo la nacionalidad. Me confundo hasta yo con esto.
2:06:30
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
manteniendo la nacionalidad que ya teníamos. Entonces, la mayoría de los países no acepta que uno renuncie tampoco a su nacionalidad. Estaba viendo con el tema este del conflicto armado en Ucrania, con Rusia, la guerra rusa-ucraniana, la cuestión de muchos ucranianos que emigraron para huir de los combates y que...
2:07:00
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
En principio, el Estado ucraniano no acepta que se nacionalicen, o sea, los llama a pelear, y no acepta que otro país le dé la nacionalidad y por eso renuncia o pierda la ciudadanía ucraniana. Habrá a veces conflictos entre los países respecto a estas cuestiones. Estando un ucraniano en suelo argentino, está obligado a ir a Ucrania a pelear.
2:07:30
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Obviamente Argentina no lo va a obligar a ir, pero ahí tendríamos, por ejemplo, un caso de conflicto. Argentina tiene casos particulares, somos especiales en casi todo, y en esto no somos la excepción. ¿En qué? Aceptamos la doble ciudadanía por tratados especiales que se firmaron, bilaterales que se firmaron, con España y con Italia, por particularidades.
2:08:02
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
que hacen a nuestra historia. La mayor oleada o algunas de las mayores oleadas migratorias que recibimos en este país vinieron de esos dos países. Entonces se admite la doble ciudadanía, argentina-italiana o argentina-española. Pero en general es la excepción. Y finalmente, y con esto sí ya cerramos, volver al artículo 21 que ya leímos.
2:08:33
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Donde aparece la principal obligación, porque hasta acá estamos hablando de los derechos. Derechos de los ciudadanos, derechos de los habitantes, derechos de los extranjeros, derechos de los migrantes. ¿Qué pasa con los deberes? Bueno, el principal deber establecido en la Constitución para los nacionales lo encontramos en el artículo 21 que ya leímos.
2:09:04
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Y que refiere a, medio como la referencia que les hacía por el tema de Rusia y de Ucrania, al armarse en defensa de la patria. Decía el 21, todo ciudadano argentino, nacional, está obligado a armarse en defensa de la patria y de esta constitución conforme a las leyes que al efecto dipte el Congreso.
2:09:29
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Bueno, ustedes saben que desde que se estableció el ejército argentino se fue ampliando este deber y se había establecido el servicio militar obligatorio para hombres mayores de 18. Esto se modifica con el retorno a la democracia durante la...
2:10:00
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
presidencia del doctor Menem, hubo un caso, famoso caso infame, caso Soldado Carrasco, donde personal del ejército argentino cometió toda una serie de abusos que terminan en la muerte de un conscripto de una persona que había sido llamada a prestar servicio militar obligatorio, el Soldado Carrasco. No contentos con esto, además, realizan todo tipo de maniobras para ocultar el crimen.
2:10:33
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
esconden el cuerpo en el predio del ejército y demás. Si lo buscan, encontrarán bastante información. Fue muy comentado. Y esto llevó a que fuera como una especie de punto límite desde el punto de vista político y que un servicio que era cada vez más impopular, sobre todo con la última dictadura cívico-militar.
2:10:58
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
ya fuera inaguantable para buena parte de la población y se dispuso a terminar con el servicio militar obligatorio y hoy en día las Fuerzas Armadas se componen exclusivamente por personal voluntario. Ahora, nada gusta a que en un futuro el Congreso cambie de parecer o que por las circunstancias, por ejemplo, ante una invasión extranjera o ante un conflicto armado cualquiera, se disponga el llamado a las armas.
2:11:29
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
De ahí a qué tan efectivo sería, no lo sé, eso sería más una cuestión pragmática, pero jurídicamente, desde el punto de vista constitucional, la obligación está en el artículo 21. Y por último, con esto cierro, les voy a dejar el fallo Portillo, que fue una causa en la que una persona, esta persona, el accionante Portillo, por sus íntimas convicciones,
2:12:02
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
personales, religiosas en este caso, sentía que no estaba, que no se lo podía obligar a ser adiestrado en el uso de las armas. Que su religión cristiana le impide matar. Y que más allá del artículo 21, él estaba en un conflicto interno con su propia conciencia y no iba a cumplir con el ejercicio
2:12:35
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
del adiestramiento militar. Se judicializa y fue un caso donde la Corte aceptó lo que se llama objeción de conciencia. Esto más adelante lo vamos a volver a ver, la objeción de conciencia, pero sería un caso de excepción al principio del 21 también, al principio del llamado a las armas que hace el artículo 21. En ese caso estaba vigente la ley de servicio militar obligatorio.
2:13:01
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
pero se aceptó en base a la objeción de conciencia. Bueno, espero no haberlos mareado, que haya sido clara la clase. Yo sé que semana que viene entonces tiene semana de finales. Nos reencontraremos con clase, entiendo presencial, el día 28. Antes de esa fecha ya vamos a tener establecido el día del parcial, que será, como decía, el 5 o el 12.
2:13:31
S… Speaker 2 (constituciónal 4.m4a)
Obviamente el parcial sería presencial, escrito y abarcaría los temas vistos hasta ese momento, hasta la clase previa. Bueno, les agradezco haberse mantenido conectados hasta ahora, su presencia a todos y nos estaremos viendo entonces el martes 28. Gracias a todos. Hasta luego.
2:14:02
S… Speaker 1 (constituciónal 4.m4a)
Gracias.

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